SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1786/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1786/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Los recurrentes por memorial presentado el 3 de abril, cursantes de fs. 51 a 53 vta., refieren que contra las Resoluciones Municipales (RM): 001/2007, 002/2007 y 003/2007 todas de 20 de enero, Joaquín Chávez Mamani, Alcalde Municipal de Puerto Acosta recurrió de amparo constitucional, declarado inadmisible por Resolución 16/07 de 27 de febrero de 2007, que en revisión el Tribunal Constitucional resolvió revocar y conceder el recurso, con costas daños y perjuicios, declarando nulas las Resoluciones 002/2007 y 003/2007 disponiendo la restitución del recurrente a su cargo de Alcalde mediante SC 698/2007 de 14 de agosto.

Al no ser anulada expresamente la Resolución 001/2007, que resolvió reestructurar el directorio del  Concejo Municipal de Puerto Acosta designando a los recurrentes como Presidente y Secretaria del Concejo Municipal de Puerto Acosta, éstos estarían vigentes en sus funciones, por lo que le correspondía, al primero presidir el Concejo y conocer las cuestiones relacionadas a la elección de Alcalde, aceptación de renuncias y elección de una nueva directiva entre otras. Pero en contravención a la SC 698/2007 y vulnerando sus derechos a ejercer el cargo para el que fueron elegidos, se creó un Concejo Municipal paralelo, que luego de la renuncia del Alcalde Joaquín Chávez Mamani, designó a Fredy Surco Toledo como nuevo Alcalde, mediante Resolución 30/2007 suscrita por Antonio Nina Parizaca, Freddy Surco Toledo, Joaquín Chávez Mamani y Basilia Cori Coyauri. Aduciendo que los primeros fungen como presidente y secretario del Concejo, suplantándolos en sus cargos en contravención al art. 39 de la Ley de Municipalidades (LM).

Este Concejo paralelo, en una sola sesión pronunció las Resoluciones 26/2007, 27/2007, 28/2007, 29/2007, 30/2007 y 31/2007 por las que procedió a la reestructuración del directorio, nombró un nuevo alcalde y conformó una comisión disciplinaria, a espaldas del Concejo legalmente establecido del que forman parte los recurrentes, quienes enviaron notas que no fueron recibidas, llegando a cerrarles las puertas  de dependencias  de la Alcaldía.