SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1791/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 10/2008 de 29 de abril, cursante de fs. 35 a 37vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Eloy Tola Mamani, Alcalde Municipal de Villa Huanuni contra David Pedro Apaza Cossio, Tania Amparo Zamorano Tórrez, Amalia Carmen Aliaga Peralta, Fressia Francisca Guzmán Herbas de Sangûeza, Presidente y Vocales, respectivamente, de la Corte Departamental Electoral de Oruro, alegando la vulneración de sus derechos a la petición, a la “seguridad jurídica” y a ejercer la función pública citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 402 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Derecho de petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR