SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1813/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1813/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

10 de diciembre de 2002

En ese entendido queda claramente establecido que el inmueble ubicado en la calle Abuná 6 esq. av. Trinidad 195, con una superficie de 511,84 mts.2 inscrito en DD.RR. bajo la partida computarizada 010090741, folio 19529 actualmente bajo la matrícula 701199002311, fue registrado definitivamente a nombre de Luz Rosario Duran, Erika Anabel Fakaura Solares y Noemí Fakaura Solares, mediante testimonio judicial de divorcio de 10 de marzo de 1997, el 10 de diciembre de 2002, en el Asiento A-2, con posterioridad al embargo que fue inscrito preventivamente bajo el Asiento B-4 el 19 de octubre de 2001, conforme da cuenta el folio real de 15 de diciembre de 2006 cursante de fs. 410 a 411 del expediente.