SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1836/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 13
Es la jurisprudencia constitucional precedentemente citada, constituye de suma importancia para el caso concreto, por cuanto de la debida revisión del memorial de demanda se evidencia que el accionante se circunscribe a relatar una serie de hechos con relación a la falta de entrega de documentación y demás bienes por la actual demandada, a quien se habría solicitado en reiteradas ocasiones la mencionada transferencia al propio accionante en su calidad de Presidente de ASHTROPIC; sin embargo, no indica qué derechos o garantías habrían sido vulnerados por la demandada; por ende, no existe vinculación de las acciones u omisiones, del sujeto pasivo de la presente acción tutelar, con derechos o garantías de los cuales sería titular el accionante.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4.De los requisitos de forma y contenido de la acción de amparo constitucional
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- Fragmento 13
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- REVOCAR