Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1852/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. El 13 de noviembre de 2007, fue emitida la nota cite 584/07, firmado por la Comisión Nacional de Calificación de Categoría Profesional, dirigido a la recurrente, señalando que se aplicó la RM 0640, que puso en vigencia el Reglamento para la Calificación de Categoría Profesional y al no existir concordancia entre el post grado no clínico y las funciones referentes a su ítem de farmacéutica, en sujeción al art. 6.II con relación a los incs. h) e i) su postulación fue inhabilitada (fs. 22).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.La legitimación pasiva en la acción de amparo
- REVOCAR