SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1871/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 19 de 17 de abril de 2008, cursante a fs. 58 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Widson Daniel Jarro Miranda contra Marlene Ivette Rocabado Revollo, Fiscal de Materia, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
Según la SC 0119/2010-R de 10 de mayo, refiere que: "En los casos en que no sea posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada se mantendrá la denegatoria, haciéndose constar tal situación, dado que el accionante puede nuevamente interponer la acción tutelar, siempre y cuando, cumpla con los requisitos de admisibilidad".
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente"
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- i)
- III.4. Del caso de análisis
- APROBAR