Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1879/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 16
Antes de ingresar al análisis de la problemática planteada mediante esta acción tutelar, es imperioso determinar que a momento de su interposición 10 de abril de 2007, se encontraba vigente la Ley de la Abogacía 16793 de 19 de junio de 1979, por lo cual era aplicada por las autoridades jurisdiccionales a momento de emitir sus resoluciones. Es así, que no obstante de haber sido abrogada por el DS 100 de 29 de abril de 2009; en el caso presente es aplicable, por su vigencia en el momento de haber sido el fundamento de las Resoluciones emitidas por las autoridades judiciales, y que al ser objeto de impugnación, han motivado la presente acción de amparo constitucional.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- tercero interesado,
- concede
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3.1.
- III.4. El caso en examen
- concedido
- APROBAR