SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
1)
1) La decisión tomada se basa en la Ley 2341 inc. k), debido a que se sorprendió a una funcionaria municipal en conductas impropias, por lo que se anuló la licencia de funcionamiento y se removió a la mencionada funcionaria de su cargo, porque escribió en la mencionada licencia la ruta Warnes- Santa Cruz, cuando ellos sólo tienen la licencia de funcionamiento de Warnes-Montero; por lo que el Municipio debe regular tal tema para evitar que todas las agrupaciones de transporte tengan trabajo, no exista saturación de la oferta.
1) Se tiene que en cuanto al agotamiento de las vías administrativas, la Ley 2341, de Procedimiento Administrativo, en su art. 69 establece el agotamiento de esta vía, así como también el art. 142 de la LM, artículos que no se enmarcan al presente recurso, debido a que la nota 328/08 de 10 de abril, está firmada por el Alcalde Municipal, representante de la primera instancia y por los representantes del Concejo Municipal, representantes de la segunda instancia (sic), donde se agota la vía administrativa, por lo que se cumplió con el requisito de subsidiariedad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- a)
- b)
- concedió
- 2)
- 5)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 16
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR