SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III.4. Análisis del caso
En el presente caso, el recurrente claramente expone que el municipio de Warnes no tiene competencia para la regulación respecto a la organización, concesiones, licencias o autorización para la prestación de servicios, fijación de tarifas y demás aspectos referidos en cuanto al servicio de transporte público, argumentando que ésta es una función exclusiva del Sistema de Regulación Sectorial, por lo que claramente solicita en su petitorio que se dejen sin efecto las resoluciones del referido Municipio en cuanto al régimen de paradas; aunque dentro del mismo petitorio, de manera contradictoria, también solicita que se deje sin efecto la anulación del padrón 623, que les otorgó la Licencia de Funcionamiento de Actividad Económica , concedida a favor del “Sindicato Mixto de Transportistas de Warnes” por el Alcalde Municipal.
Por lo anteriormente desarrollado, se tiene que el accionante claramente solicitó que se anule el oficio G.M.W. SD. 323/2008, por que el municipio actuó fuera de las competencias que le corresponden, por lo que debió entonces acudir al Recurso Directo de Nulidad, como recurso idóneo, correspondiendo aplicar la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- a)
- b)
- concedió
- 2)
- 5)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 16
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR