Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
a)
a) La ruta no es lo mismo que la parada, las rutas son otorgadas por el Viceministerio de Transporte, y las paradas son de responsabilidad exclusiva del Gobierno Municipal, quien es el que autoriza la realización de una actividad comercial o de servicios dentro de la jurisdicción municipal del territorio.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- a)
- b)
- concedió
- 2)
- 5)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 16
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR