SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 11
El recurrente, actual accionante, en representación de Andrés Armata Chávez, denunció la vulneración de los derechos de su mandante a la seguridad jurídica y al debido proceso, por cuanto: 1) El 30 de septiembre de 2006, sentó una denuncia contra Nelly Yovanna Toledo Castro, Estela Patricia López de la Vega y Marcelo Agustín de la Vega, por la comisión del delito de falsedad ideológica, presentando posteriormente querella criminal en contra de aquellas personas, agregando los delitos de estafa y extorsión; 2) El representante del Ministerio Público presentó imputación formal en contra de las mencionadas personas por el delito de falsedad ideológica; sin embargo, los imputados presentaron dos excepciones (falta de acción y prejudicialidad), el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, autoridad correcurrida, actualmente codemandada, mediante Auto de 25 de junio de 2007, rechazó la prejudicialidad invocada, pero declaró probada la falta de acción y dispuso arbitrariamente el archivo de las actuaciones; y, 3) Apelada esta decisión ante la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, los Vocales demandados, expidieron el Auto de Vista de 23 de octubre de 2007, que declaró improcedente el recurso de apelación presentado. Corresponde, en revisión, analizar los fundamentos del recurso y los hechos reclamados a fin de determinar si se otorga o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente en parte
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- legitimación
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- REVOCAR en parte