SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. El 26 de septiembre de 2006, Andrés Armata Chávez, ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), presentó denuncia en contra de Nelly Yovanna Toledo Castro, Estela Patricia López de la Vega y Marcelo Agustín de la Vega, por la comisión del delito de falsedad ideológica (art. 199 del Código Penal [CP]), por haber presentado una carta notariada a la Cervecería Boliviana Nacional (CBN), en la que ordenaron que no debía procederse a ningún pago ni a él ni a su hermano, porque la empresa "FREE CARRIER BOL S.R.L.", se encontraba en proceso de disolución por presuntos malos manejos, hecho que es falso, ya que la mencionada empresa no se encuentra en proceso de disolución (fs.1); el 30 de noviembre del mismo año, el Fiscal, Raúl Roca Arteaga, informó al Juez de Instrucción de turno el inicio de investigaciones contra Nelly Yovanna Toledo Castro, por el delito de falsedad material y otros (fs.2).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente en parte
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- legitimación
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- REVOCAR en parte