SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1919/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1919/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de los derechos a la igualdad, a la “seguridad jurídica”, al trabajo, así como de la garantía del debido proceso, toda vez que en ejecución de sentencia del proceso ejecutivo que siguió la empresa “AGROBOLIVIA LTDA”., contra su representada, la resolución que fijó los honorarios profesionales en Bs5 000.- y Bs11 200.-, regulados a su favor, fue revocada mediante Auto de Vista de 2 de agosto de 2007, pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Segunda, ahora demandados, quienes efectuando una errónea interpretación y aplicación de la ley, modificaron los referidos honorarios profesionales en la suma de Bs3 000.- en la primera instancia y Bs2 000.- por la segunda instancia, con el argumento de no existir fallo que resuelva el conflicto de intereses de las partes intervinientes en el fallido proceso ejecutivo y que sólo se resolvió la inviabilidad de la acción ejecutiva, salvando la vía ordinaria correspondiente y por ende no correspondía tomarse la cuantía para la regulación pretendida, con lo cual desconocieron flagrantemente lo estipulado en el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales, al no aplicar el porcentaje de la cuantía de la demanda que corresponde a procesos con sentencia ejecutoriada. En consecuencia en revisión, corresponde analizar si en la especie es pertinente otorgar o no la tutela pretendida.