Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1926/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. El 28 de enero de 2008, Modesta Galarza Gutiérrez, presenta excepción de extinción de la acción, ante el Tribunal Cuarto de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, por duración máxima del proceso. (fs. 16 a 18), que mediante Resolución de 11 de febrero de 2008 es rechazada. (fs. 20 a 23)
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Deniega
- II.1.
- II.2.
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- a) Conducta omisiva de los jueces o tribunales, que se traduzca en dos aspectos concretos: i)
- solamente en el caso de cumplirse los presupuestos antes citados puede operar el control de constitucionalidad para restituir así los derechos fundamentales afectados
- III.4 Análisis de la problemática concreta
- 1)
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente
- APROBAR