Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1926/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. El 28 de febrero de 2008, Modesta Galarza Gutiérrez, interpone recurso de apelación incidental, ante el Tribunal Cuarto de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el que solicita la revocación de la Resolución de 11 del mismo mes y año Febrero, pidiendo se declare la extinción de la acción penal en su contra (fs. 25 a 28).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Deniega
- II.1.
- II.2.
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- a) Conducta omisiva de los jueces o tribunales, que se traduzca en dos aspectos concretos: i)
- solamente en el caso de cumplirse los presupuestos antes citados puede operar el control de constitucionalidad para restituir así los derechos fundamentales afectados
- III.4 Análisis de la problemática concreta
- 1)
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente
- APROBAR