SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1926/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III.4 Análisis de la problemática concreta
La recurrente ahora accionante, a través de su memorial de amparo constitucional, pide la tutela a sus derechos a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, a la igualdad de partes y a la presunción de inocencia, denunciando como actos lesivos a los mismos, presuntos actos ilegales cometidos por las autoridades demandadas, quienes al resolver primero la excepción de extinción de la acción y luego el recurso de apelación incidental, ambos interpuestos por la accionante, no hubieran realizado una adecuada fundamentación ya que no se establecen los fundamentos de derecho que impiden la procedencia de la extinción de la acción penal, limitándose a repetir los fundamentos del tribunal a-quo.
Ahora bien, del contenido del memorial de amparo presentado por la accionante, no se precisa de que manera las autoridades demandadas hubieren vulnerado sus derecho y en qué momento hubieron incurrido en una conducta omisiva vulneradora de derechos de acuerdo a las sub reglas desarrolladas el fundamento jurídico III.3, para permitir a este tribunal contralor de la constitucionalidad el analizar la valorización probatoria.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Deniega
- II.1.
- II.2.
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- a) Conducta omisiva de los jueces o tribunales, que se traduzca en dos aspectos concretos: i)
- solamente en el caso de cumplirse los presupuestos antes citados puede operar el control de constitucionalidad para restituir así los derechos fundamentales afectados
- III.4 Análisis de la problemática concreta
- 1)
- debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente
- APROBAR