SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1928/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1928/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 24

         En la especie y de la compulsa de antecedentes, se evidencia que en virtud a la imputación formal presentada por el Fiscal de Materia, el Juez Cautelar Segundo en materia penal ejerció el control jurisdiccional de la investigación, sin embargo, la parte accionante, activó directamente esta acción tutelar sin acudir previamente ante esta autoridad jurisdiccional, incumpliendo por tanto el principio de subsidiaridad propio de la acción de amparo, razón por la cual, en cuanto al tercer acto denunciado como lesivo a los derechos del accionante, de acuerdo a lo expresado en el Fundamento Jurídico III.4.2, no puede otorgarse la tutela constitucional