SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1934/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. Mediante nota CITE OF DIR S.D.C. Nº 070/2006 de 23 de enero, el Director del SEDECA, remite al Superintendente de Recursos Jerárquicos y Asuntos Jurídicos de la Superintendencia del Servicio Civil, documentación preliminar sobre institucionalidad del SEDECA de la Prefectura del departamento de Tarija, la que fue respondida por el Superintendente General Interino del Servicio Civil, haciendo notar que dicha solicitud debe ser remitida a esa Superintendencia de acuerdo a lo especificado en el Reglamento de Procedimiento de Incorporación a la Carrera Administrativa, elaborado por esta Superintendencia del Servicio Civil y publicado por la Gaceta Oficial de Bolivia en febrero de 2002 (fs. 258 a 259).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- a)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- accionante'
- III.2. En cuanto al funcionario de carrera y provisorio
- III.3. Análisis del caso
- POR TANTO
- 2º