Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1940/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2.1. Desistimiento del recurso
Se informó por secretaría que los recurrentes presentaron memorial el 17 de junio de 2008, señalando que, retiran el recurso de amparo en virtud de haberse emitido la Resolución Municipal por la cual, anulan obrados y dejan sin efecto legal las resoluciones de clausura, resulta innecesario continuar con el presente recurso.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionarios recurridos y petitorio
- I.2.1. Desistimiento del recurso
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. Linea Jurisprudencial y doctrinal respecto a la figura de retiro del recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando sea expuesto en forma expresa antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional"
- III.4.Análisis del caso de autos
- APROBAR