SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1940/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, señalan en la especie, los actos administrativos, efectuados por el Municipio de Sacaba violaron la garantía del debido proceso, de la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Municipalidades, y el hecho de que jamás se les informó con el inicio del procedimiento encontrándose viciados de nulidad absoluta, habiéndose vulnerado el sagrado derecho a la defensa, al no haberles permitido observar los informes y la prueba obtenida de manera ilícita y menos aún la presentación de sus descargos. Entendiéndose aquello como el hecho de que la autoridad municipal, actuó de manera arbitraria y abusiva al proceder a la clausura definitiva, sin cumplir con los procedimientos previamente establecidos, por lo que no existiendo otro medio o recurso que, de manera inmediata proteja sus derechos y garantías constitucionales interponen el presente recurso de amparo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionarios recurridos y petitorio
- I.2.1. Desistimiento del recurso
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. Linea Jurisprudencial y doctrinal respecto a la figura de retiro del recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando sea expuesto en forma expresa antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional"
- III.4.Análisis del caso de autos
- APROBAR