SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1940/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 19 de junio de 2008, cursante de fs. 72 a 73, pronunciada por la Jueza Segunda de Partido, Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por José Albino Ortuño Crespo, Zenón Ramírez Torrez, Pelagia Téllez Vargas de Gomez, José Demetrio Castillo Guaman, Lidia Andrade Apaza, Carlos Ramirez Alvarado, Corin Romaneth Guzmán Ortuño y Henry Díaz Vera contra Policarpio Quinteros Zambrana, Alcalde Municipal de Sacaba; Adalid Vásquez Rojas y Patricia Sánchez Troche, Asesores Legales de la misma Alcaldía Municipal, alegando la vulneración de sus derechos a la "seguridad jurídica", al trabajo, a dedicarse a cualquier actividad lícita, a formular peticiones, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a), d) y h); 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionarios recurridos y petitorio
- I.2.1. Desistimiento del recurso
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. Linea Jurisprudencial y doctrinal respecto a la figura de retiro del recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando sea expuesto en forma expresa antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional"
- III.4.Análisis del caso de autos
- APROBAR