SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1963/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1963/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

denegar

En este entendido, al haberse admitido el amparo constitucional el cual pudo ser rechazado in límine en la etapa de admisibilidad-,  pese al incumplimiento de los requisitos de contenido, correspondería declarar la improcedencia de la acción; empero, considerando la nueva terminología asumida por este Tribunal, corresponde denegar la tutela, al no haberse ingresado al análisis de fondo de la problemática presentada.