SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1971/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.5.
II.5. Resolviendo lo solicitado mediante Auto de 18 de enero de 2007, el cual rechazó la solicitud bajo el fundamento de que dejarse sin efecto el mandamiento de lanzamiento como lo solicitan los recurrentes, considerando la relación o derivación de derechos existentes entre los solicitantes y los demandados, así como los terceros interesados, el proceso no tendría razón de ser y las sentencias serían de imposible cumplimiento, pues los vencidos en un proceso interdicto introducirían al predio a otras personas bajo cualquier título a quienes en la lógica de los recurrentes no les alcanzaría y en el caso de que se inicie un nuevo proceso contra éstos últimos y sean vencidos lo más probables es que se escudarían en el hecho de que no fueron demandados (fs. 83 a 85 vta.). Resultado ante el cual los recurrentes solicitaron la reposición parcial de este Auto (fs. 86 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional y sus subreglas de improcedencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- SC
- APROBAR