SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1989/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1989/2010-R

Fecha: 26-Oct-2010

1)

Con esos antecedentes presentan recurso de amparo constitucional contra Florián Zapata Chávez, César Eduardo Terrazas Escobar, Winstón Castellón Estivariz, Jorge Ortiz Banzer y Orlando Verduguez Ferrel, miembros del Tribunal de Disputas de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), respectivamente; pidiendo: 1) Se declaren nulos todos los actuados del Tribunal de Disputas dentro el proceso seguido por el Gustavo Aguirre Trigo contra el Club Deportivo Aurora, por existir usurpación de funciones de acuerdo al art. 31 de la CPEabrg y por inobservancia del Auto Constitucional “353/2007 de 11 de julio”; 2) Se declaren nulos todos los procesos del Tribunal de Disputas donde hubiera actuado César Eduardo Terrazas Escobar; 3) Se remitan antecedentes al Ministerio Público y Contraloría de la República; y, 4) Se establezca el monto indemnizable al Club Deportivo Aurora por todos los actos dictados por el Tribunal contrarios a las leyes y normas que lo regulan.

En audiencia, las demás autoridades correcurridas manifestaron que: 1) Los miembros del Tribunal de Disputas son invitados por los clubes y su designación es atribución de la FBF, tal es así que el Club Deportivo Aurora intervino en esas designaciones y deslealmente nunca hizo conocer las observaciones que ahora realiza y tampoco objeto las Resoluciones dictadas en otros casos; 2) La exposición de argumentos es confusa, no obstante, para pedir la nulidad de los actuados del Tribunal de Disputas debieron plantear recurso directo de nulidad; 3) Los accionantes actúan con limitaciones porque no cuentan con la legalidad suficiente para representar al Club Deportivo Aurora; y, 4) Por todo lo expuesto, el recurso planteado debe declararse improcedente.