SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1989/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1989/2010-R

Fecha: 26-Oct-2010

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida como Tribunal de garantías, dictó la Resolución 006/2008 de 2 de mayo, que cursa de fs. 357 a 360, en la que declaró improcedente el recurso planteado, con los siguientes fundamentos: 1) Para la denuncia de la usurpación de funciones en la que  habría incurrido el Tribunal de Disputas, por la participación de César Eduardo Terrazas Escobar, se tiene expedita la vía del recurso directo de nulidad y no mediante recurso de amparo constitucional; 2) La petición planteada por los recurrentes no puede abarcar todos los actos del Tribunal de Disputas en los que intervino la indicada persona, pues sólo procede tutela para cada caso en particular que se demande por la persona que se creyere agraviada; y, 3) El recurso incidental de inconstitucionalidad que alude el Club Deportico Aurora se plantea en un caso concreto, sin que sus efectos puedan extenderse a otros procesos y sólo si los preceptos demandados se declaran derogados no pueden aplicarse al caso concreto ni a futuro en otros casos.