SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1989/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes ahora accionantes solicitaron la tutela de los derechos del club que representa a la seguridad jurídica, a formular peticiones y al debido proceso en sus elementos del derecho a la defensa y juez natural, manifestando que fueron vulnerados, por cuanto el Club Deportivo Aurora al que representan, ha sido víctima de actos ilegales y omisiones indebidas que se reflejan en Autos y Resoluciones dictados al margen de la ley por parte del Tribunal de Resolución de Disputas de la FBF, desconociendo Autos constitucionales vinculantes, con el agravante que uno de sus miembros no cumplía con el requisito mínimo de ejercicio profesional para ser parte de ese Tribunal, lo que hace a la nulidad de pleno derecho de todos sus actos conforme dispone el art. 31 de la CPEabrg por usurpación de funciones que no les competen y ejercido jurisdicción y competencia que no emana de la ley. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales u omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- como regla general que los actos u omisiones lesivas al derecho al debido proceso deben ser tutelados a través del amparo constitucional; ahora bien, el juez natural, como elemento del debido proceso, con sus componentes descritos; es decir, competencia, imparcialidad e independencia, merecen un análisis particular y pormenorizado
- las reglas del debido proceso se encuentran protegidas por el amparo constitucional, mecanismo de resguardo constitucional que incluye al compartimento referente al juez natural, pero solamente en cuanto a sus elementos imparcialidad e independencia; por el contrario, debido a la naturaleza y alcances que en este Estado Social y Democrático de Derecho reviste la “competencia”, en el ordenamiento jurídico-constitucional boliviano, esta garantía se encuentra protegida por un mecanismo de defensa específico que es el recurso directo de nulidad.
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR