SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2003/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2003/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.3.

II.3. Por nota de 21 de febrero de 2008, el Gerente de Construcciones de PETROSUR SRL comunica al Director Técnico del SEDECA que de no solucionarse la oposición de la Asamblea del Pueblo Guaraní a la vigencia del convenio, se verán en la necesidad de dejar sin efecto el mismo, debiendo el SEDECA Tarija devolver el monto de $us55 000.-, monto invertido en la refacción e implementación del campamento ubicado en Cañadas (fs.23).