SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2016/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2016/2010-R

Fecha: 09-Nov-2010

objeto

Para conocer y resolver en revisión la Resolución 30/2008 de 29 de mayo, pronunciada por el Tribunal de garantías, constituido por los Vocales de la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; previamente, es imperante determinar con claridad el objeto y la causa del presente recurso, razón por la cual, se tiene que en la especie, el objeto de la tutela pedida es el resguardo a los derechos a la defensa, al debido proceso y la “seguridad jurídica”. Asimismo, se establece que la causa de la petición de tutela radica en dos aspectos concretos: a) La falta de congruencia entre la parte considerativa y la parte resolutiva de la decisión emitida por la autoridad recurrida, ya que ésta no consideró que en el recurso de alzada se acusó la existencia de jurisprudencia administrativa por la que se establece que el Superintendente Tributario Regional de La Paz, sin anular obrados corrigió el ilícito calificado por la Administración Tributaria, mediante resoluciones que fueron confirmadas por el Superintendente Tributario General, aspecto que según el representante de la empresa recurrente, no fueron considerados por la autoridad y; b) Que la autoridad recurrida, no consideró que no se acusó ninguna cuestión de fondo, empero, infringiendo el art. 200.1 del CTB, en grado de recurso jerárquico, falló directamente en el fondo de las pretensiones de la Gerencia Regional de Adunas de La Paz, sin que el que el Superintendente Regional hubiere cumplido la finalidad de establecer la verdad material en el recurso de alzada y que en un debido proceso se demuestre lo contrario.