Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2030/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve, APROBAR la Resolución 03 de 28 de enero de 2008, cursante de fs. 92 a 93 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- “procedente”
- I.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.Excepción al principio de subsidiariedad en recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.3. Acciones o medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR