Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2030/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Enterada de dicha demanda, el 17 de enero de 2008, la hoy recurrida conjuntamente un arquitecto y tres albañiles, irrumpieron en su domicilio sin ninguna orden judicial ni mucho menos verbal manifestando que “esa era su casa y que podía hacer con ella lo que quería” (sic), destruyendo el inmueble que ocupaba junto a sus cinco hijos, botando al patio sus pertenencias, agrediéndolos verbalmente y haciendo caso omiso a sus ruegos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- “procedente”
- I.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.Excepción al principio de subsidiariedad en recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.3. Acciones o medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR