Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2031/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.5.
II.5. A fs. 21 y 23, cursan notas HCMT/CITE 33/2008 de 20 de marzo, y HCMT/CITE 38/2008 de 27 de marzo, a través de las cuales la Presidenta del Concejo Municipal de Teoponte, hace saber a Leónidas Oliver Pérez, que la suspensión de sus funciones de ambos recurrentes, se debe a una solicitud de los cuatro cantones y el pueblo urbano de Teoponte, debido a las constantes faltas en eventos seccionales realizadas en diferentes cantones y también debido a los constantes permisos injustificados solicitados.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3.
- II.5.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso y su triple dimensión
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR