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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2031/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2031/2010-R

    Fecha: 09-Nov-2010

    II.9.

    II.9.    A fs. 29 cursa nota HCMT/CITE 39/2008 de 27 de marzo, a través de la cual la Presidenta del Concejo Municipal de Teoponte, responde en los mimos términos expresados al otro actor. A su vez a fs. 30 cursa nota CITE HCMT/CETENNA/06/2008 de 20 de marzo presentada por Roner Rivero Antelo a la Presidencia del Concejo Municipal de Teoponte, a través de la cual rechaza la Resolución 58/08 y solicita la reincorporación a sus funciones como Concejal titular.

    • recurso de
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • concedió
    • I.3.
    • II.5.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.  Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • III.3.   El debido proceso y su triple dimensión
    • La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
    • El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
    • III.4.    Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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