SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2050/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
Con estos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Juan David Marcos Barba, Rector a.i. de la Universidad Gabriel René Moreno y Presidente del Consejo Universitario; Norah Matienzo de López, Presidenta del Comité Electoral Claustro 2008-2012; Edgar Sosa, Secretario General; Jorge Rojas Bonilla, Napoleón Illanes Guzmán, Hugo Nogales Loayza, Miguel Justiniano Lenz, Docentes Titulares; Julio Coronado Loayza, Luis Antezana Parra, Docentes Alternos; Fidel Castedo Hurtado, Valentín Pinto Antezana, Carlos Terrazas Escobar, Miguel Ángel Urcullo Flores, Julio Cesar Roca, Estudiantes Titulares; Alberto Cerna Aramayo y Jorge Esteban Santistevan Hurtado, Universitarios Alternos, solicitando que se conceda el amparo y se disponga que: se habilite a su persona para postularse al cargo de Director de la Carrera de Arquitectura de la Facultad de Ciencias del Habitat, Diseño y Arte, restituyéndole su derecho que tiene todo ciudadano boliviano en ejercicio.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 3)
- 4)
- 5)
- a)
- b)
- c)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- “conceder”
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 22
- denegado
- APROBAR