Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2069/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 06/08 de 12 de julio de 2008, cursante de fs. 123 a 124, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.2.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Identidad de sujeto, objeto y causa
- 2008-18097-37-RAC, habiendo dictado este Tribunal la SC 1984/2010-R de 26 de octubre, por la cual denegó la tutela.
- APROBAR