SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2069/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 7 de enero de 2008, fue notificado para prestar declaración en la investigación preliminar seguida en su contra por impedimento sobreviniente, previsto en los arts. 166 y 167 del Reglamento Interno del Ministerio Público, de igual, forma fue notificado con la Resolución de 12 de noviembre de 2007 de la Sala Primera del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de La Paz, la cual según el “Dr. Petersen vía fax había sido puesta en conocimiento” (sic) del Fiscal General de la República, pidiéndole que su persona cumpla con la sanción de suspensión de seis meses del ejercicio de la abogacía, dictada el 6 de diciembre de 2001, por la Sala Primera del citado Tribunal de Honor y confirmada por Auto Definitivo de 27 de octubre de 2002, por el Tribunal Nacional de Honor del Colegio Nacional de Abogados (CONALAB).
No se presentó a declarar y el 25 de febrero de 2008, fue notificado con la Resolución 29/2008 de 15 de febrero, firmada por el Fiscal General a.i., de la República Mario Uribe Melendres, disponiendo el cese de sus funciones como Fiscal de Materia, mientras dure la suspensión dispuesta por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de La Paz.
Después de reiteradas solicitudes, inclusive ante una última de 19 de mayo de 2008, en la cual solicitó, al Fiscal General, deje sin efecto la cesación de sus funciones, adjuntando el Auto de 15 de mayo del mismo año, del Tribunal Nacional de Honor del CONALAB, mediante el cual, seis Vocales de manera uniforme declararon la extinción de la sanción disciplinaria impuesta por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de La Paz, por prescripción, le contestó negativamente, manteniendo su Resolución 029/2008, con la única intensión de perjudicarle.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.2.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Identidad de sujeto, objeto y causa
- 2008-18097-37-RAC, habiendo dictado este Tribunal la SC 1984/2010-R de 26 de octubre, por la cual denegó la tutela.
- APROBAR