Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2095/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 12 de 18 de julio de 2008, cursante de fs. 39 vta. a 41 vta., pronunciada por el Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Santa Cruz; y, en consecuencia se DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho a la vida
- Respecto al derecho a la salud
- En cuanto al derecho a la seguridad social
- En cuanto al derecho al trabajo y a una remuneración justa
- SC 0434/2010-R
- se debe cambiar el entendimiento jurisprudencial contenido en la SC 1416/2004-R
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR