Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2105/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Por memorial de 2 de septiembre de 2008, el ahora recurrente, por sí y en representación de Amparito Rivero Pinto, formuló querella ante el Fiscal de Materia contra el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil por los delitos de prevaricato y de resoluciones contrarias a la Constitución, que ameritó el decreto de 8 de septiembre de 2008, la Fiscal de Materia dispuso se ponga en conocimiento del imputado la querella y prueba adjunta (fs. 13 a 15).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- “concederá”
- III.3. Subsidiaridad del recurso de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- REVOCAR