SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2106/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2106/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 7

La correcurrida, Investigadora de la División Menores y Familia, en su informe escrito, cursante de fs. 13, señaló: 1) El 31 de julio de 2008, se le asignó el caso 1046/2008, en contra de la recurrente por el supuesto delito de lesiones del que resultó víctima su hija menor; en conocimiento del caso se hicieron presentes en dependencias de la FELCC un grupo de personas familiares de la víctima, quienes manifestaron que habían traído aprehendida a la denunciada, motivo por el cual, elaboró el acta de aprehensión por personas particulares, donde se hizo conocer a la aprehendida sus derechos constitucionales y el delito que se le atribuía, firmando en constancia todos los intervinientes de la aprehensión, negándose a firmar la aprehendida; y, 2) Conforme lo dispone el art. 295 del CPP, procedió a recepcionar las declaraciones testificales de los intervinientes, y previo a ello, vía telefónica se comunicó con la Fiscalía para hacer conocer verbalmente al Fiscal de turno, Douglas Roca Suárez, sobre el caso, siendo atendida por la secretaria Gaby, quien le manifestó que llevara el informe a la oficina del Fiscal de Distrito, ya que ellos se encargarían de designar un Fiscal, como en efecto procedió con las actuaciones policiales correspondientes, habiendo elevado su informe a la Fiscalía a horas 15.30.