Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2106/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Daniel CholimaTorrico, el 30 de julio de 2008, formalizó denuncia ante la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Alejandra Rivero Hurtado, ahora recurrente, por maltrato físico en la persona de su hija menor de 1 año y medio D.Ch.R., donde como acción inmediata se dispuso el reconocimiento médico forense, que fue realizado la misma fecha, como se acredita por el certificado médico forense, caso que de acuerdo a lo informado por la Directora y Asesora Legal de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, fue derivado a la FELCC (fs. 16 a 20).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- Fragmento 15
- Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.4. El caso en examen
- REVOCAR