Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2133/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 67/08 de 18 de septiembre de 2008, cursante de fs. 55 a 56, pronunciada por el Juzgado de Partido y de Sentencia de Sica Sica provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia CONCEDE la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- concedió
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la facultad del Presidente del Concejo Municipal de tramitar las licencias y tramitar la reincorporación
- III.4. Análisis del caso de autos
- conceder
- APROBAR