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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2133/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2133/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    conceder

    Por lo expuesto precedentemente, se concluye que el Juzgado de garantías, al conceder la tutela solicitada, ha realizado una adecuada compulsa de antecedentes y aplicó correctamente el art. 19 de la CPEabrg, por lo que en aplicación de los arts. 128 y 130 de la CPE vigente, corresponde aprobar la resolución de amparo revisada.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • concedió
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • “recurso de
    • “accionante”
    • recurso de amparo constitucional
    • III.3. Respecto a la facultad del Presidente del Concejo Municipal de tramitar las licencias y tramitar la reincorporación
    • III.4. Análisis del caso de autos
    • conceder
    • APROBAR

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