Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2134/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
2º Se llama la atención
2º Se llama la atención a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por cuanto el recurso, ahora acción de amparo constitucional fue presentado el 28 de julio de 2008 y la audiencia pública de consideración de la misma recién fue celebrada el 17 de septiembre de 2008; es decir, en forma tardía, olvidando el trámite sumarísimo al que está sujeta esta acción tutelar.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3.Sobre el cumplimiento de los requisitos de contenido para interponer la demanda de amparo
- i)
- deberá conceder o negar el petitorio formulado
- III.5. El caso en análisis
- denegado
- 2º Se llama la atención