Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2167/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
denegó
La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Sentencia de 10 de septiembre de 2008 saliente de fs. 98 vta. a 99, por la que denegó el recurso, con el argumento de que la circular que emana de la Presidencia de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, refrendada por el Consejo de la Judicatura, como disposición escrita y formal fue notificada a la opinión pública y a los litigantes, la misma que decretaba que el día sábado no se trabaje, convirtiéndose por tanto en un día inhábil.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- III.3.
- 'por circunstancias de fuerza mayor debidamente fundamentadas que hagan imposible el desarrollo del proceso', lo que implica que también los días en que se den dichas circunstancias deben descontarse”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- APROBAR