Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2167/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. A fs. 28 cursa la Circular 009/2008, emitida por el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, refrendado por la Directora Distrital del Consejo de la Judicatura, de 23 de enero de 2008, comunicando a todo el personal que las labores judiciales se suspenden el día sábado 2 de febrero del mismo año.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- III.3.
- 'por circunstancias de fuerza mayor debidamente fundamentadas que hagan imposible el desarrollo del proceso', lo que implica que también los días en que se den dichas circunstancias deben descontarse”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- APROBAR