Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2184/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
A la fecha, se encuentra ilegalmente detenido e indebidamente procesado, sin que se haya cumplido las formalidades de ley, toda vez que, nunca existieron los requisitos para su detención preventiva como señala el art. 233 del Código de Procedimiento Penal (CPP); ya que no cometió el delito de violación, ni obstaculizó el proceso, más al contrario, siempre quiso que se aclare las supuestas acusaciones en su contra; agrega que la autoridad recurrida detuvo la documentación personal de sus padres y hermano, causándole perjuicio al no encontrarse relacionado con el hecho.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y persona recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- libertad
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- rechacen las medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso
- III.6.
- III.7.
- APROBAR