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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2184/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2184/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    III.6.

    III.6. Con referencia a la documentación de los familiares del accionante, este hecho no se encuentra directamente relacionado con la libertad ahora alegada, en todo caso y de la misma forma, cualquier irregularidad previamente debe ser denunciado mediante un incidente ante la autoridad ordinaria competente y debidamente acreditada; situación que no ocurre en el presente caso. 

    • recurso de hábeas corpus,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad y persona recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • 1)
    • a)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de libertad,
    • ordenar la tutela
    • libertad
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
    • rechacen las medidas cautelares
    • III.5. Análisis del caso
    • III.6.
    • III.7.
    • APROBAR

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