SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2216/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, refiere que la autoridad demandada, vulneró sus derechos a la libertad y a la libre locomoción, por cuanto citó a la misma como testigo en su calidad de abogada defensora dentro del proceso penal donde es patrocinadora de uno de los imputados, con amenaza de expedirse mandamiento de aprehensión en contra suya en caso de inconcurrencia, sin considerar que como profesional abogada, la Ley de la Abogacía y el Código de Ética Profesional para el Ejercicio de la Abogacía, establecen el deber de guardar el secreto profesional, por lo que solicitó se deje sin efecto la citación efectuada a su persona; empero, dicha solicitud fue rechazada, lo que evidencia que esta amenazada de ser restringida su libertad. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- III.3. Análisis del caso
- En caso de ser citadas deberán comparecer y explicar las razones de su abstención.
- APROBAR,