SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2216/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2216/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente

La Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 3 de octubre 2008, cursante de fs. 26 a 27, que declaró improcedente el recurso, con los siguientes argumentos: i) Dentro del proceso penal seguido contra Mauro Vásquez y otros, por el delito de asesinato, la autoridad recurrida en su labor de Directora de la investigación, tal como señalan los arts. 70 del CPP y 6 de la LOMP, actuó conforme a ley, citando a la recurrente para que preste su declaración informativa, advirtiendo que para el caso de inconcurrencia se procedería a su aprehensión; ii) “De conformidad al art. 16 de la LOMP, todas las personas e instituciones sean públicas o privadas tienen la obligación de proporcionar la información requerida por el Ministerio Público, bajo responsabilidad prevista en el Código Penal” (sic); y, iii) La recurrente, citada y advertida que fue, le correspondía cumplir la orden de citación y de acuerdo al art. 197 del CPP, tenía el deber de abstenerse de declarar sobre hechos conocidos, en razón de su profesión, explicando las razones de su abstención.