SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2218/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2218/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

denegó

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 132 de 18 de septiembre de 2008, cursante de fs. 85 vta. a 86 vta., por la que denegó la tutela estableciendo una multa de Bs300.-(trescientos bolivianos); con los siguientes fundamentos: a) El recurrente en su petitorio solicita se declare procedente el recurso disponiendo se levante el gravamen o bloqueo de la partida reiteradamente señalada, pedido que no alcanza la proporción del art. 7 inc. a) de la CPEabrg; b) No es el Registrador de DD.RR. que va a dejar sin efecto una cancelación de partida en DD.RR., sino que tiene que ser a través de los órganos correspondientes o donde crea conveniente la parte recurrente; y, c) Es el Juez de la causa que debe hacer cumplir sus Resoluciones, no así el Tribunal de garantías.