SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2219/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2219/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 13

Ello implica que esta acción ha sido instituida con un triple carácter tutelar: preventivo, correctivo y reparador, reforzando ahora su objeto de acción de defensa oportuna y eficaz, teniendo por finalidad el resguardo y protección de los derechos a la vida y a la libertad tanto física como de locomoción en favor de toda persona que creyere estar ilegalmente perseguida o que es indebidamente procesada o privada de libertad; así el carácter preventivo responde a impedir una lesión ante la amenaza de una eventual detención indebida o ilegal, imposibilitando de esa forma, que se materialice la privación o restricción de la libertad; el sentido correctivo tiene por objeto evitar que se agraven las condiciones de una persona detenida, ya sea en virtud de una medida cautelar o en cumplimiento de una pena impuesta en su contra.